A continuación, te explicaremos en qué consisten exactamente las transferencias bancarias.
Como su propio nombre indica, las transferencias bancarias son envíos de dinero que realiza un usuario a través de su entidad bancaria a otra. Si realizáramos un envío de una cuenta a otra, pero del mismo banco, se llamaría traspaso. No obstante, la clasificación de las transferencias se puede hacer de múltiples formas, tal y como opera el Banco Nacional.
Clasificación de las transferencias
Clasificación geográfica. En este grupo se pone el foco en el país de destino de los fondos, en base a la residencia de la cuenta corriente de destino. De esta manera, encontramos dos tipos de transferencias:
- Transferencias nacionales: ordenante y beneficiario se encuentran en España.
- Transferencias exteriores: estas transferencias son aquellas en las que el beneficiario se encuentra en un país diferente al del ordenante.
También tenemos las transferencias que se realizan personalmente desde la sucursal. Aquí se clasifican las transferencias en base de la vía en la que se ordena. Afortunadamente, a día de hoy tenemos muchas maneras para comunicarnos con nuestra correspondiente entidad financiera para realizar una transferencia. En este grupo, podemos encontrar:
- Transferencias que se realizan a través de un teléfono o fax.
- Transferencias realizadas a través de cajeros automáticos.
- Transferencias por internet, que podemos realizar a través de las webs específicas de cada entidad.
La última forma para clasificar las transferencias bancarias, es en función del tiempo que tardan en abonarse los fondos a la cuenta beneficiaria,que pueden ser las siguientes:
- Transferencias ordinarias. Según la normativa vigente, tardan entre uno o dos días laborables.
- Transferencias urgentes. Suelen abonarse en el mismo día en la cuenta de destino.
Este último tipo de transferencias, normalmente se caracterizan por ser OMF (órdenes de movimientos de fondos), en los que es necesario la intervención del Banco de España en la operatoria de la transferencia, traspasando los fondos transferidos entre las entidades financieras de origen y destino.
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Comisiones que se pueden aplicar a las transferencias
Este tipo de comisiones bancarias son algo que deberíamos tener muy presente en cuanto contratemos una cuenta remunerada, y también debemos tener en cuenta que la repercusión de las comisiones se puede realizar tanto al ordenante (OUR), cómo al beneficiario (BEN), o incluso repartirlo entre ambas partes (SHA). De manera que el emisor es quien tiene la oportunidad de escoger en cada caso a quien se le aplica la comisión de cada transferencia.
A la hora de realizar una transferencia bancaria, necesitamos el número CCC o IBAN de la cuenta del beneficiario, sin embargo, para realizar una transferencia al exterior, se necesita el formato IBAN y el Código de Identificación Bancaria (BIC). En este último caso, es necesario especificar el concepto de transferencia, si el importe llegase a superar los 12.500 euros.
Además, la entidad bancaria donde realicemos estas transferencias, está obligada a entregarnos un documento de liquidación al ordenante en el momento en el que realicemos la transferencia, además de quedar reflejada en el extracto bancario. En el caso de las transferencias nacionales, realmente no existen plazos para el abono y cargo de las cuentas de los clientes, no obstante se entenderá como aceptada y se procederá a cursar, como muy tarde, al siguiente día (siempre que sea día hábil) a la recepción de la orden.
Por último, para aquellas transferencias que se realicen dentro de la unión europea, y hasta un límite de 50.000 euros, el período no será de ninguna manera superior a los 5 días, empezando a contar a partir del día hábil siguiente a la recepción de la orden.